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13 jul 2017
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Por Fernando Blanco-Silva. La eficiencia energética es un concepto en constante actualidad, los esfuerzos por parte de los Estados Miembros para conseguir detener el Cambio Climático se centraron en un primer momento en la implantación de fuentes renovables (principio del siglo XXI)...
...con un considerable éxito, mientras que en la presente década los esfuerzos se dedican a la eficiencia energética; esta debe ser entendida como un compendio de acciones cuyo fin es minimizar la relación matemática entre la energía útil demandada (la realmente necesaria) y la energía primaria obtenida de la naturaleza para abastecernos de ésta. Esta energía primaria va a suponer siempre la emisión de Gases de Efecto Invernadero, por lo que cualquier actuación cuyo fin sea la mejora de la eficiencia energética de una instalación va a suponer una pequeña disminución de emisiones, y por lo tanto un paso adelante en la lucha contra el Calentamiento Global.Cuando oímos hablar de mejora de la eficiencia energética es habitual la identificación con una inversión económica, un cambio de calderas, la mejora del aislamiento de fachadas o la incorporación de una batería de condensadores tienen un coste que debe ser analizado y asegurarnos que el período de retorno es razonable, sin embargo no son estas las iniciativas que garantizan la eficiencia energética en el día a día.
Todos los edificios e industrias disponen de instalaciones que consumen energía; los ascensores, la calefacción, el aire acondicionado o la generación de agua caliente sanitaria van a precisar la aportación de energía para su funcionamiento, una energía que tal y como hemos comentado implica necesariamente la generación de G.E.I. y por lo tanto el incremento de la inercia térmica de la atmósfera. Los reglamentos industriales en vigor obligan a realizar tareas de mantenimiento de estas instalaciones; estas tareas pueden ser básicamente de dos tipos, las revisiones y las inspecciones. Las revisiones tienen como fin garantizar un funcionamiento eficiente, son de tipo ordinario y pueden ser realizadas por cualquier empresa especialista; en muchos casos incluso el propietario puede realizar pequeñas acciones como una simple supervisión del funcionamiento correcto de la instalación sin incidencias. Las inspecciones son tareas de mantenimiento de carácter extraordinario que deben ser realizadas por una entidad acreditada (normalmente Organismos de Control Autorizado), normalmente son actuaciones que garantizan el funcionamiento seguro de la instalación para sus usuarios y beneficiarios; en los últimos años estas inspecciones están introduciendo un componente ambiental, consistente en asegurar que su funcionamiento es seguro para el medioambiente (que no emite más emisiones de las que debería).
La Ley 21/1992 de Industria implantó un régimen de explotación de las instalaciones cuya principal característica es la responsabilidad del propietario en el cumplimiento de las inspecciones y revisiones. Antes de 1992 las administraciones vigilaban y en muchos casos autorizaban el funcionamiento de las instalaciones, mientras que a partir de la aprobación de la Ley 21/1992 existe una libertad casi total para implantar y explotar instalaciones energéticas, pero es obligación del propietario el que se cumplan todos los requisitos formales para su funcionamiento; entre estas obligaciones están el registro en la administración correspondiente, contratación de una empresa mantenedora habilitada, asegurarse que se realizan todas las inspecciones periódicas, realizar los cambios necesarios cuando éstas son negativas y adaptar las instalaciones cuando la normativa así lo obliga, pudiendo ser multados por las administraciones competentes en caso de incumplimiento.
Este cumplimiento es en muchos casos deficiente cuando los responsables de fábricas, edificios y centros de trabajo no son conscientes de la necesidad de cumplir estos reglamentos, siendo desconocedores de las responsabilidades en las que pueden caer. Todas las instalaciones tienen tareas de mantenimiento periódico y en el caso de producirse averías inesperadas es preciso resolverlas mediante mantenimiento correctivo; además existe un proceso de información a la administración que empieza por la entrada en funcionamiento y en muchos casos exige la comunicación anual de su operativa de funcionamiento, emisiones asociadas… o presentar un seguro de responsabilidad civil asociado.
El simple incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento de las instalaciones supone sanciones administrativas por parte de la administración industrial; el responsable se arriesga incluso a una posible clausura de la instalación, pero las consecuencias pueden ser mucho peores. Cuando una instalación no cumple con las obligaciones de mantenimiento funciona de forma deficiente; su consumo es siempre superior al estrictamente necesario y además se disparan los riesgos sobre las personas y bienes asociados, así como sus posibles consecuencias (además de aumentar las posibilidades de accidente las consecuencias serán mucho peores por incumplirse también las medidas para minimizarlas).
Es obvio que la irresponsabilidad de un propietario o un gestor energético tiene consecuencias imprevisibles, además de arriesgarse a pagar multas por el incumplimiento de reglamentos y del sobrecoste que supone el funcionamiento de una instalación ineficiente aparece la responsabilidad penal. Cuando una instalación funciona sin cumplir la operativa recomendada es mucho más probable la existencia de un accidente; si además se relajan las medidas correctivas lo que puede suponer un simple incidente sin resultados podría acabar generando un desenlace fatal donde la justicia le imputará la responsabilidad a la persona que debe asegurarse de cumplir todos los reglamentos citados.
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El cumplimiento del régimen de inspecciones y revisiones como primer paso para la excelencia energética
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